La normativa de las cámaras de vigilancia para la revisión y control de actividades en empresas

¿Conoces la normativa de tus cámaras de vigilancia? La seguridad es parte de la agenda de los directivos de toda empresa. Los sistemas de CCTV se han convertido en el instrumento fundamental para la prevención y control de riesgos, al igual que la supervisión para la mejora de la eficiencia de las empresas. Estos sistemas son un elemento de disuasión que evitan potenciales ilícitos o malas prácticas. A la hora de implementar estos sistemas se debe tener en cuenta el marco normativo que regula esta actividad.

Normativa de cámaras de vigilancia

En España hay cuatro normativas principales a tener en cuenta:

Estatuto de los Trabajadores, referido a la grabación de imágenes en el ámbito laboral.

 

Obligaciones de las empresas con relación a los sistemas de videovigilancia

Extraemos y destacamos los puntos más importantes relacionados con la normativa que regula el uso de las cámaras de vigilancia en empresas:

  • Registro de actividades: el material digital debe registrarse en un fichero aparte, y las imágenes sólo podrán ser guardadas durante el plazo de un mes.
  • Su uso debe responder al principio de proporcionalidad, es decir, que se utilice este sistema siempre y cuando otras medidas de prevención, protección y seguridad, de naturaleza física o lógica, que no requieran captación de imágenes, resulten claramente insuficientes o inaplicables en relación con los fines legítimos mencionados anteriormente.
  • Obligatoriedad de informar a los interesados sobre el uso de cámaras de vigilancia, a través de carteles o cualquier otro medio.
  • Las cámaras solo se podrán situar en los lugares previstos por la ley. No podrán colocarse en aquellas zonas que supongan una vulneración de los derechos y libertades de los individuos o atenten contra su derecho a la privacidad, intimidad o a la propia imagen.
  • El acceso a las imágenes de las cámaras de seguridad estará limitado al responsable del tratamiento de las imágenes o, en su caso, al personal de seguridad.

Supervisión de las actividades de los trabajadores

¿Cómo gestionar la política de seguridad de cara a los empleados? Si bien no se necesita el consentimiento del personal para la instalación de cámaras en zonas admitidas por la ley, es necesario informar de la existencia de las mismas, explicando cuál es su finalidad.

¿Dónde instalar las cámaras dentro de mi empresa?

El gran interrogante es en qué zonas se pueden instalar cámaras de acuerdo a la legislación vigente. Veamos que pasa en cada una de las zonas de la empresa: 

  • Áreas de trabajo: El empresario puede poner en marcha las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad. En este caso, no será necesario que obtenga el consentimiento expreso de los trabajadores, pero sí deberá informarles sobre la instalación de las cámaras.
  • Vía pública: Aquí la grabación es ilegal y solo puede ser realizada por parte de la seguridad nacional. De manera excepcional, es posible para garantizar la seguridad de bienes o instalaciones estratégicos o de infraestructuras vinculadas al transporte.
  • Baños o vestuarios: En estas zonas está prohibido la instalación de cámaras para preservar el derecho a la privacidad y la intimidad de las personas.
  • Áreas de descanso: Se prohíbe su instalación con el fin de preservar la intimidad de los trabajadores.

En resumen, tomar la decisión de vigilar las instalaciones de una compañía mediante CCTV puede parecer simplemente la mera decisión técnica de elegir dónde ubicar las cámaras para tener la mejor cobertura y ángulo de visión. Sin embargo, hay implicaciones asociadas al área de RRHH que deben cuidarse, para garantizar los derechos de los trabajadores y cumplir con la ley.

La Agencia Española de Protección de Datos pone a disposición una guía detallada sobre el uso de videocámaras y la normativa de cámaras de vigilancia que puedes consultar en este enlace.