Medidas de seguridad en un banco
Las necesidades de las empresas en materia de seguridad varían en función del tamaño de la compañía, del sector que ocupa y el nivel de riesgo al que debe enfrentarse. Entre las empresas que necesitan un mayor nivel de seguridad, destacan las entidades financieras. La seguridad en un banco es fundamental, ya que en este sector se manejan objetos de alto valor y elevadas cantidades de dinero. Para lograr una seguridad óptima en un banco es importante cumplir con las obligaciones exigidas a nivel legal en materia de seguridad, evaluando y haciendo frente a los riesgos potenciales que puedan afectar a los bienes y a la integridad de clientes y trabajadores.
La legislación respecto a la seguridad en un banco
La seguridad en un banco no depende únicamente del criterio de la propia entidad. Debido a la vulnerabilidad y el riesgo de este sector, se ha creado un marco legal con unas exigencias mínimas en materia de seguridad que han de ser integradas de manera obligatoria, pudiendo ser complementadas por otros dispositivos o recomendaciones.
La legislación más importante en este sentido es la Orden Ministerial INT/316/2011, que fija los diferentes grados de seguridad y dicta a cuál debe acogerse un determinado negocio. Existen un total de 4 grados en función del riesgo, naturaleza y características de una instalación o negocio. En el caso de instalaciones como bancos o entidades financieras, son catalogadas como grado 3 debido a su riesgo medio/alto. En esta categoría, también podemos encontrar establecimientos como museos, joyerías o gasolineras, entre otros.
Una categoría de grado 3 implica una serie de obligaciones que se deben cumplir tanto por la citada Orden INT/317/2011, como por el Real Decreto 2364/1994. Esta legislación obliga a la implantación de medidas de carácter físico y electrónico para poder desarrollar la actividad comercial en condiciones seguras.
¿Cuáles son las medidas de seguridad en un banco que exige la normativa?
Legalmente, existen varios elementos obligatorios dentro de la normativa de seguridad de un banco. A nivel electrónico, todos los dispositivos y alarmas deben estar homologados de manera oficial. Para ello, es necesario que pasen por una serie de test que permitan su implantación con todas las garantías que exige el grado 3.
Otra medida de seguridad obligatoria en un banco es la presencia de pulsadores o sistemas que permitan accionar fácilmente las alarmas. Por otro lado, también es necesario disponer de carteles o sistemas de información que anuncien dichas medidas de seguridad. Además, también es necesaria la implementación de dispositivos electrónicos capaces de captar cualquier altercado o riesgo potencial en las zonas donde se maneja efectivo.
Las alarmas de grado 3
Las alarmas de grado 3 deben aplicarse en aquellos centros en los que el riesgo de robo es medio/alto como, por ejemplo, los bancos. Una de las principales exigencias es que estas funcionen a través de una conexión continua con el centro de control.
El objetivo es realizar un seguimiento y análisis constante de las señales de la alarma, además de contar con un sistema de conexión de doble vía. Adicionalmente, todas las alarmas deben contar con sistemas de anti-enmascaramiento de detectores y anti-inhibidores de frecuencia, lo que imposibilita su anulación.
Los sistemas de grabación de imágenes, un elemento clave de la seguridad en un banco
El sistema de alarmas no es el único imprescindible en instalaciones de riesgo medio/alta. Entidades como los bancos deben contar también con un sistema de cámaras complementario. Estas deben estar colocadas en las zonas más vulnerables para prevenir riesgos y poder registrar cualquier tipo de actividad ilícita que se cometa dentro de las instalaciones. Existen multitud de modelos de CCTV con diferentes funciones, pero todos ellos son válidos para una buena videovigilancia. Las cámaras, al igual que las alarmas, deberán estar conectadas a una CRA (Central Receptora de Alarmas).
Las cajas fuertes y la seguridad en un banco
Las cajas fuertes son el elemento más representativo de un banco y uno de los lugares más protegidos y vigilados dentro de sus instalaciones. Además de estar conectadas de manera permanente a la CRA (según lo dispuesto en la normativa de adecuación a grado 3 de sistemas), deben estar cerradas desde dentro y vigiladas constantemente durante las horas de atención al público. La normativa también exige que las cajas fuertes tengan los niveles de resistencia reglamentarios y cuenten con dispositivos de bloqueo de apertura automática retardada. Por otro lado, si su peso es menor a 2000 kg deberán estar ancladas al suelo.
Otros dispositivos de seguridad en los bancos
Existen otra serie de elementos que, pese a no ser exigidos por la normativa, pueden suponer un plus en la seguridad de las instalaciones para garantizar una protección óptima. Entre los principales dispositivos podemos encontrar el detector sísmico conectado a un centro de control. Este sistema detecta cualquier tipo de ataque físico a la caja fuerte y avisa a la CRA para que compruebe la situación de la misma.
Otros elementos destacables como el cañón de niebla, que impide que cualquier intruso pueda ver a su alrededor, o un servicio de vigilancia que incluya la intervención inmediata, aportarán un nivel de seguridad global extra para afrontar cualquier riesgo o amenaza.
Conocer y aplicar correctamente las distintas medidas de seguridad que deben implementarse en un banco no solo garantizará la tranquilidad de la propia entidad y de los clientes, sino que permitirá la anticipación y disuasión de cualquier incidente o situación delicada que pueda surgir en las instalaciones.
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